Los tipos de jubilación que puede percibir un autónomo

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Desde que la reforma de pensiones entró en vigor en 2013, ha quedado establecido que los trabajadores, incluyendo los autónomos, pueden jubilarse con una edad dos años menor que la requerida, de 65 a 63 y tener un mínimo de cotizaciones de 35 años.

Algunos autónomos se niegan a creer que, según las leyes españolas, exista la alternativa de la jubilación parcial autónomo, aunque es importante aclarar que en unos casos compensa y en otros no tanto. Una nueva norma abre la posibilidad general de jubilarse con anticipación a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos.

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Pensiones adelantadas donde aplican condicionantes

Una vez que se consignan los dos requisitos antes mencionados, la ley impone que la cantidad a pagar de la pensión que se ha de recibir, ha de ser mayor a la cantidad de la pensión mínima que recibiría el interesado en la situación normal, cuando cumpla los 65 años reglamentarios. En el caso de que la cantidad no sea mayor, el autónomo no tendrá acceso a este tipo de jubilación anticipada.

Según la nueva ley, los autónomos tienen este derecho

Aunque en su versión inicial esta ley no hacía mención a los autónomos, por la constante presión de las asociaciones que los agrupan, ahora se ha aprobado con los mismos requisitos expuestos anteriormente. Con la salvedad de que son negadas las jubilaciones anticipadas forzosas o situaciones análogas o por situación de crisis.

¿Es compensatoria esta manera de jubilarse?

Según sea el caso, la pensión a recibir por el autónomo y el que no lo es, no dependerá solamente de las bases de cotización de los años finales, se cuentan los últimos 15 a 25 años como base, según el año de jubilación, e igualmente, influyen los años que cotizó.

Obedeciendo a estos condicionantes, serán aplicados los coeficientes correctores y según el tiempo de adelanto de la jubilación, el recorte implementado será menor o mayor.

Sigue en evolución y causando polémica y debate político

La jubilación para autónomos aún causa polémica y es un tema presente en casi todos los debates políticos, por lo que los requerimientos y condicionantes continúan analizándose de manera paulatina, para ofrecer las mejores garantías para los trabajadores que lo hacen por cuenta propia.

Seis tipos de pensiones para los autónomos

Los requisitos exigidos para cualquiera de estas jubilaciones pueden cambiar, al igual que las cantidades o coeficientes que se especifican para cada caso. Según previsiones, para el año 2027, la edad mínima edad de jubilación será de 67 años.

Éstos son los seis tipos de pensión actual, según su clasificación:

  1. Jubilación no contributiva: se recibe cuando no se cumple con los mínimos requisitos, por lo que se reduce la cantidad que se recibe, de forma proporcional a los requisitos no consignados.
  2. Jubilación contributiva: la recibe al llegar a una edad mínima de 65 años con seis meses o culminar su carrera laboral, requiere haber cotizado durante 38 años y seis meses.
  3. Jubilación flexible: es percibida como un complemento económico a un trabajo por su cuenta, que se realice en una jornada incompleta.
  4. Jubilación activa: es una de las más frecuentes entre los profesionales que trabajan de forma autónoma y se caracteriza porque el trabajador sigue activo en su profesión.
  5. Jubilación parcial: está prevista para trabajadores que trabajan por cuenta propia, siempre que se adapten a los requerimientos, porque los requisitos para el asalariado son generales y son difíciles de implementar a los trabajadores que lo hacen de forma autónoma.
  6. Jubilación anticipada: los que trabajan por cuenta ajena, pueden solicitar este tipo de jubilación con anticipación, antes de haber cumplido todos los requisitos, pero se les exige que tengan cumplidos 63 años de edad.

Los coeficientes reductores para la jubilación voluntaria anticipada

El rango va desde el 8% por cada año que se adelante, del 7,5% que hayan cotizado entre los 38 años y seis meses, y menos de los 41 y seis meses. El coeficiente reductor del 6,8% se aplica a los que están en el rango entre 41 años y medio, y menos de 44 años y medio; y por último, el coeficiente del 6,5% es aplicado para aquellos cuya cotización sea igual o menor de los 44 años y seis meses.

En algunos casos, el coeficiente se decide por trimestre y abarca desde el 2% hasta el 1,625% por cada trimestre.


Oscar Rodriguez

Oscar Rodríguez, fundador de Portal de Actualidad,  se dedica a informar y analizar las últimas noticias de interés general, siempre manteniendo un enfoque imparcial y objetivo. Su carrera profesional le ha llevado a colaborar con importantes medios nacionales e internacionales, cubriendo noticias de actualidad, política, economía, deportes, ciencia y tecnología, entre otros temas.

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