Impuestos al vender un piso en 2022
Cuando pones un piso a la venta tienes que tener en cuenta que hay una serie de costes para calcular la ganancia que realmente obtendrás por la venta de tu vivienda.
En estos costes tienes que incluir comisiones de agencias inmobiliarias, honorarios de notarios, tarifas de cancelación de hipotecas y los impuestos asociados a la venta del mismo.
En el momento de elegir una agencia inmobiliaria una muy buena opción es la que ofrece la inmobiliaria Doctor Property Bilbao que no cobra comisiones extra a los vendedores y con delegaciones en Zaragoza, Bilbao, Donosti y Pamplona entre otras.
Por lo tanto para calcular la ganancia de la venta de tu vivienda tienes que considerar todos los costes de venta y restarle todos los que tuviste que asumir cuando compraste tu vivienda.
Impuestos que tiene que hacer frente el vendedor de una vivienda
El vendedor tiene que afrontar el pago de tres impuestos, el IRPF, el IBI y la plusvalía municipal.
IRPF ¿Cómo tributa una ganancia patrimonial?
Las ganancias patrimoniales tributan por IRPF en la base imponible del ahorro, y en cada tramo se aplica una tributación de forma progresiva.
A continuación tienes la información de los cuatro tramos del ahorro en 2022 y el gravamen aplicable:
- Ganancias hasta 6.000 euros se aplica el 19%
- Ganancias entre 6.000,01 y 50.0000 euros se aplica el 21%
- Ganancias entre 50.000,01 euros y 200.000 euros se aplica el 23%
- Ganancias de más de 200.000,01 euros se aplica el 26%
Exenciones al pago de IRPF en la venta de una vivienda en 2022
En todo caso, tienes que tener en cuenta las siguientes exenciones al pago de IRPF en la venta de tu piso en el año 2022.
- Las personas mayores de 65 años que hayan vendido su vivienda habitual no tienen que tributar por la ganancia patrimonial.
- Los menores de 65 años que hayan vendido su vivienda habitual para comprar otra de la misma índole, también están exentos de tributar si reinvierten el importe de la venta en la compra de su nueva vivienda habitual en un plazo no superior a dos años.
- Las personas que tienen reconocida legamente una dependencia severa o de gran dependencia.
- También estarán exentas las ganancias obtenidas por la venta de un vivienda si la ganancia obtenida se reinvierte en una renta vitalicia, con un máximo de 240.000€ y en un plazo de 6 meses desde la fecha de la venta de la vivienda.
IBI, impuesto sobre bienes inmuebles
El IBI es un impuesto que normalmente, salvo que se decida expresamente lo contrario, se hace cargo la persona propietaria del inmueble a fecha 01 de enero del año en el que se realiza la venta aunque ese impuesto se cobre en una fecha posterior a la venta efectiva de la vivienda.
Plusvalía municipal
La plusvalía municipal grava el incremento del valor de tu vivienda durante el tiempo que ha sido propiedad del vendedor. Su aplicación y cantidad depende del ayuntamiento al que pertenece la vivienda.
Como novedad, recientemente se introdujo un nuevo supuesto de no sujeción al impuesto de plusvalía para las operaciones en que se justifique por parte del vendedor que no se ha obtenido un incremento de valor en la venta de la vivienda.
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